Daños morales por internar a delincuente enfermo mental en centro penitenciario
ADS. En la sentencia del 9 de enero de 2024 relativa al caso Miranda Magro v. Portugal (demanda nº 30138/21), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera, por unanimidad, que se ha producido una violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos y degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y una violación del artículo 5 § 1 (derecho a la libertad y a la seguridad) por internar a un enfermo mental en un centro penitenciario (en su unidad psiquiátrica) como medida de prisión preventiva en lugar de hacerlo en un establecimiento psiquiátrico.
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Acceda al texto completo en inglés en https://hudoc.echr.coe.int/fre?i=001-229894


